Tema: El Gobierno limita el 'crowdfunding':

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  • Faldo

    19 May 2013 14:59

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    Faldo » 28 FEB 2014  12:41
    El Ministerio de Economía va a aprovechar la nueva Ley de Fomento de la Financiación Empresarial para regular definitivamente en España el llamado crowdfunding que empieza a tomar carta de naturaleza como sistema de intermediación financiera a través de internet. La normativa que estudiará hoy el Consejo de Ministros incluye un título específico dedicado a fijar el régimen jurídico de lo que en nuestro país se conocen como Plataformas de Financiación Participativa.

    Dichas plataformas se definen como sociedades que ponen en contacto a través de páginas web a una pluralidad de inversores con los promotores que buscan dinero para sus proyectos. La financiación participativa de estos emprendedores se podrá canalizar mediante la emisión o suscripción de valores, la emisión o suscripción de participaciones de sociedades de responsabilidad limitada o la solicitud directa de préstamos. En los dos primeros casos la supervisión del crowdfunding corresponderá a la CNMV mientras que en el tercero la responsabilidad de control recaerá en el Banco de España.

    El borrador del anteproyecto que está sobre la mesa del Gobierno establece que el importe máximo de captación de fondos por cada proyecto de financiación participativa no podrá ser superior a 1 millón de euros. Las nuevas plataformas deberán tener un capital social igual o superior a 50.000 euros o, en su defecto, disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura anual de 150.000 euros anuales.

    Fuerte supervisión financiera

    Las plataformas de financiación participativa deberán registrarse en la CNMV y en el Banco de España. La solicitud de inscripción tendrá que incluir el detalle del programa de actividades, además de la descripción de la organización administrativa y contable, así como la relación de socios significativos y administradores, entre otros requisitos. Los organismos reguladores podrán suspender la inscripción cuando existan razones fundadas de que la influencia ejercida por personas con una participación significativa puede dañar la gestión correcta y prudente de la plataforma.

    Los promotores de los proyectos deberán estar válidamente constituidos en España. En el caso de programas de financiación vía préstamos, los promotores que actúen como personas físicas deberán tener su residencia fiscal en España. Los préstamos concedidos a través de las nuevas plataformas no podrán incorporar garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual del promotor o los socios del promotor.

    Las plataformas de financiación participativa serán responsables frente a los inversores por la información remitida por los promotores y publicada en la página web. El Ministerio de Economía establece límites a las aportaciones de los proyectos de manera que ningún inversor pueda invertir más de 3.000 euros en el mismo programa o más de 6.000 euros en varios programas a lo largo de un periodo de 12 meses.

    Multas de hasta 200.000 euros

    La ley de Financiación fija también un régimen de sanciones por incumplimiento de las obligaciones legales de inscripción, realización de actividades no reguladas y resistencia a la actuación inspectora de la CNMV o del Banco de España. También se consideran como infracciones los incumplimientos de las obligaciones de información y transparencia. Las multas oscilan desde un mínimo de 25.000 euros hasta un máximo de 200.000 euros y pueden acarrear la prohibición de operar durante un plazo de cinco años.

    Según los datos del año 2013, los proyectos de crowdfunding mueven cerca de 750 millones de euros anuales en Europa. A nivel mundial dicho importe alcanza los 2.700 millones de dólares, según Infocrowdsourcing. De ellos, 13 millones de dólares, casi diez millones de euros, fueron destinados a proyectos radicados en España.

     

    http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2014-02-28/el-gobierno-limita-el-crowdfunding-un-millon-maximo-con-aportaciones-de-3-000_94989/

     

    En resumen, si esta medida estuviese aplicada en EEUU.

     

    No podrás financiar mas de 1 millón de € a través de kickstarted.
    No podrás poner un pledge de mas de 3000€
    Los americanos no podrán gastar mas de 6000€ en varios proyectos.
    Mucho papeleo y un seguro.

     

    Vamos que OR, Virtux Omni y sobre todo Start Citizen, puede que lo hubiesen mucho mas crudo.

    0
  • fugazi

    8 Ago 2013 13:08

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    fugazi » 28 FEB 2014  19:59

    como se lo montan los muy hijos de puta. esta es la democracia? aqui solo mandan los bancos

    0
  • rocho

    1 Jun 2013 02:44

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    rocho » 1 MAR 2014  12:50

    Lo acabo de leer en otra página y me he quedado de piedra.
    Todo lo que tocan los políticos se convierte automáticamente en mierda ¡Qué país...!

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  • SEY

    26 Dic 2013 17:01

    Mensajes: 415

    SEY » 1 MAR 2014  13:24

    Ya estaban tardando mucho en aparecer en escena los chupopteros.
    Esas condiciones sobre el capital y seguro social que se debe poseer lo deja clarito:
    -¡a la mierda el creador individual que puede tener la mejor idea del mundo, pero no tiene un duro, y precisamente recurra a estas campañas para lograr su objetivo!
    Ahora hay que pedir un crédito para poder hacer una campaña de crowdfunding...irónico.
    En cambio si estoy de acuerdo con que controlen avales con dinero de estas campañas que pueden dar lugar a mucho fraude.
    Si he entendido bien, ¿todos los integrantes del proyecto deben de ser españoles? Si es así, eso tampoco es bueno, pues impide el crecimiento de ese grupo/equipo internacionalmente.
    ¡¿Qué es lo que pretenden con esto?!

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  • Javatronico

    24 May 2013 00:05

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    Javatronico » 1 MAR 2014  16:18

    Que alguien me lo aclare, por favor. Esto quiere decir: "Las nuevas plataformas deberán tener un capital social igual o superior a 50.000 euros o, en su defecto, disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura anual de 150.000 euros anuales"

     

    Que para montar un crowfounding, ¿es necesario crear una plataforma/empresa/organización con un capital de 50.000€ o un seguro de 150.000 anuales?

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  • SEY

    26 Dic 2013 17:01

    Mensajes: 415

    SEY » 2 MAR 2014  16:01
    "Javatronico"Que alguien me lo aclare, por favor. Esto quiere decir: "Las nuevas plataformas deberán tener un capital social igual o superior a 50.000 euros o, en su defecto, disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura anual de 150.000 euros anuales"

    Que para montar un crowfounding, ¿es necesario crear una plataforma/empresa/organización con un capital de 50.000€ o un seguro de 150.000 anuales?

     

    Eso, o pedir un crédito a los mismos de siempre...

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  • Javatronico

    24 May 2013 00:05

    Mensajes: 205

    Ubicación: Murcia

    Javatronico » 2 MAR 2014  17:44

    Madre mía, lo idóneo sería que dependiendo de la cantidad a recaudar se imponga unos requisitos concretos. Si yo por ejemplo quiero publicar un juego en Oculus, quizás necesite recaudar 10.000€ o menos, en ese caso, ¿porque iba a involucrarse una sociedad u organización con capital de 50.000€? No tiene sentido. Parece que todo apunta a que pasemos por los bancos a pedir crédito. Me parece una medida injusta y rastrera.

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